¡SE ACTIVÓ EL DECRETO! Prohíbe venta de alimentos alimentos, medicinas e insumos fuera del país

El decreto 1190 que prohibe la venta de productos alimenticios, medicamentos e insumos fuera del país, fue activado el lunes 25 de agosto del presente año, fecha en la cual entra en vigencia.


La información fue suministrada por Jorge Arreaza, Vicepresidente de la República mientras transcurría la reunión de la Comisión Nacional de Lucha contra el Contrabando que se realizó la noche del lunes en Miraflores.


Uno de los puntos claves del decreto incluye, la prohibición del "...tránsito por el territorio nacional, con fines de exportación o extracción, hacia territorio extranjero, de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano, indispensable para la vida digna, la salud, la seguridad y la paz social.”

Las sanciones incluyen penas entre 6 y 14 años de prisión, en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de Precios Justos.

Precisó Arreaza que el Estado Nacional aplicará la ley severamente y en ese sentido conminó a quienes actúan al margen de la ley para que se abstengan de prácticas que desangran la economía venezolana.

Créditos: La Redoma

Rafael Simón Ortega Rondón

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