[ANÁLISIS] LA IZQUIERDA Y LOS DERECHOS HUMANOS (GISXXI)

La izquierda se ha relacionado de diversas maneras con el discurso de los derechos humanos. Realizamos aquí un ejercicio de tipificación que, por supuesto, no pretende agotar la complejidad e hibridación de las posiciones que se expresan en la vida política del país, sino servir de entrada a la visibilización de algunos retos de la Revolución Bolivariana en este campo.


1. Rechazo. Una parte de la izquierda desprecia el discurso de los derechos humanos por considerarlo un dispositivo liberal – occidental – colonial que sirve para disimular, tras la igualdad formal (“igualdad ante la ley” o “igualdad de oportunidades”), las desigualdades reales que el capitalismo genera. Entiende que los derechos humanos son, solamente, los derechos civiles y políticos (DCP) o “libertades públicas” e implican, exclusivamente, un comportamiento estatal de abstención (no afectar la propiedad privada, no impedir la expresión, no entrometerse en la vida privada, etc) que es equivalente al rol del Estado que propone el liberalismo económico. Cuando la Revolución Bolivariana es atacada por Human Rights Watch o el Departamento de Estado de los EEUU, este sector siente ratificada su opción.

2. Aceptación como techo. Por el contrario, otro sector de la izquierda considera que en el discurso hegemónico de los derechos humanos (aquel que lo asimila a DCP y a un comportamiento estatal de abstención) se agota el horizonte de posibilidades de mecanismos y garantías para la protección de la dignidad individual y colectiva. Aceptan lo que existe como lo único posible; convierten en techo, lo que debe ser piso. Esto es particularmente visible en una parte de la izquierda que sufrió en carne propia genocidios o persecuciones políticas; así como en un sector de “criminólogos críticos” que convirtieron a los derechos civiles en el único límite al punitivismo. Con esa versión de derechos humanos “de baja intensidad” han venido, también aceptando el modelo de democracia que les es consustancial (la liberal, representativa, de economías de mercado). Han venido dejando de ser de izquierda, aunque no siempre se lean así y, en el contexto venezolano, se encuentran, por lo general, alineados con la oposición.

3. Tecnocracia social de los derechos. Una versión “progresista” de la anterior es la reivindicación de la interdependencia entre los DCP y los derechos económicos, sociales y culturales (DESC); así como la reivindicación de rol activo del Estado para intervenir en la vida colectiva y corregir desigualdades. Aunque los DESC y el Estado “fuerte” no forman parte de la visión hegemónica de los derechos humanos (la que cuenta con más instituciones, mecanismos, instrumentos, doctrina y difusión en medios masivos), sí están reconocidos en importantes, aunque minoritarios, instrumentos internacionales y doctrina. Quienes se relacionan con el discurso de los derechos humanos desde aquí, se mueven solo dentro de los límites que el derecho internacional establece. En su versión tecnocrática, no cuestionan el origen político, económico e ideológico de los instrumentos, instituciones, doctrina, decisiones de instancias internacionales, por temor a “debilitarlas” y relativizar “la universalidad” de los derechos.

4. Construyendo derechos de “alta intensidad”. Una cuarta forma de relacionarse con los derechos humanos es la que apuesta por aumentar su intensidad transformadora en beneficio de los sectores estructuralmente excluidos y/o subordinados. Reconoce el carácter de construcción política de los derechos y potencia, tanto desde adentro del derecho internacional, como desde afuera, las visiones contrahegemónicas que apuntan hacia la democratización de las relaciones humanas, en todos los ámbitos de la vida. Desde adentro, promueve los DESC, los derechos de los pueblos, el derecho a la autodeterminación, la radicalización del principio de igualdad y no discriminación entendido como superación de las desigualdades estructurales a partir de la discriminación positiva a favor de los sectores más vulnerables; así como un rol activo del Estado para garantizar la igualdad real de los DCP. Desde afuera del derecho internacional realmente existente, promueve la necesidad reconstruir del derechos humanos en función de un diálogo “cosmopolita” que incorpore las visiones de dignidad humana de pueblos y culturas no occidentales; entiende que la organización y movilización popular son, en sí mismas, garantías para el logro efectivo de los derechos y reivindica que solo un contexto de democracia económica, política y cultural permite el goce efectivo de los derechos.

Los derechos humanos son, a la vez, herramientas de lucha y campos de batalla (terreno de disputa). Rechazarlos en bloque (Tipo 1), equivale a perder por forfait y ello explica, en parte, por qué hoy el discurso de los derechos humanos es visto más como un discurso de la oposición que del proceso de transformación. Aceptar su visión hegemónica, asociada a la democracia liberal (Tipo 2), es claudicar. Moverse, temerosamente, en el margen de lo que existe (Tipo 3) es renunciar a la denuncia de todo aquello que, en el propio discurso de los derechos humanos, efectivamente legitima la desigualdad; así como a la posibilidad de ampliar y profundizar las garantías para la protección de la dignidad humana. La Revolución Bolivariana debe pasar a la ofensiva en este campo: dejar solo de reaccionar y defenderse y proponen una ruta y una agenda propia (nacional e internacional), consistente con el cuarto enfoque presentado aquí, que visibilice la profunda interdependencia existente entre construcción de una democracia socialista y goce efectivo de los derechos humanos para todas las personas y pueblos. La reciente creación del Consejo Nacional de Derechos Humanos; así como las consistentes respuestas del Canciller Jaua a los ataques internacionales, son excelentes oportunidades para insistir en esto.

Créditos: GISXXI

Rafael Simón Ortega Rondón

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